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39 Comentarios

  1. Hola, las pensiones de alimentos de mis hijos según el convenio se deben actualizar cada mes de enero y me gustaría saber que % de subida le corresponde este año 2023 porque he visto en el INE el 5,7 pero me parece muy alto en comparación con otros años, también leí que debía esperar a que finalizara este pasado enero para calcularlo. También leí algo de índice de revalorización que no se si tiene algo que ver con esto. Como veis estoy muy perdida. Gracias

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    • Buenas tardes,

      Efectivamente este año 2023 el porcentaje de incremento del IPC en enero es del 5,7% respecto del año anterior.

      Esto está calculado de diciembre de 2021 a diciembre de 2022, y por tanto se aplica ya a la pensión de enero de 2023, que será la pensión del año pasado incrementada en un 5.7%.

      Es cierto que es un incremento elevado con relación a años anteriores pero es que el IPC ha subido para todo y ha subido mucho.

      Sólo tendrías que hacer el cálculo de incremento de IPC de finales de enero a finales de enero siguiente si tu pensión se revalorizase en el mes de febrero, pero en tu caso indicas que la revalorización es en el mes de enero. Por eso, toma siempre de diciembre a diciembre y así todos los años.

      No tienes que esperar a que acabe enero, aunque es verdad que estas cifras no están disponibles los primeros días de enero y siempre hay que esperar unos días hasta que se publican. Pero una vez publicadas afectan a la pensión del mes de enero, y si ya ha sido abonada, la diferencia deberá abonarse tan pronto como se conozcan los datos y a lo sumo junto con la pensión de febrero.

      Esperamos que la respuesta te haya sido de utilidad. De ser así, agradeceríamos que escribieses una reseña en nuestro perfil de Google: https://g.page/r/CWoF2ZFjEeTNEB0/review

      Un saludo, el equipo de APLM

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  2. El padre se opone a las extraescolares para no pagarlas, además se opone sistemáticamente a todo tipo de actividades y gastos extraordinarios. En la sentencia se especifica que debe pagar el 50%
    De que forma eficiente se pueden reclamar si tener que ir a juicio.? Gracias

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    • Buenos días,

      En caso de discrepancia sobre los gastos que deben ser asumidos, tendrás que acudir al Juzgado para que decida si el padre tiene o no obligación de abonar el 50% de las clases extraescolares.

      Lo primero que tienes que hacer es decírselo por escrito, será suficiente vía whatsapp si os entendéis así habitualmente, o por sms, correo electrónico y en último caso, por burofax. Dile que vas a apuntar a tu hijo a la actividad que sea, es muy importante que le digas si esa extraescolar la han recomendado desde el colegio o por razones de salud, y dile cual es el coste de la actividad, indícale que si en 5 días no te contesta, se entenderá que ha aceptado. Si no acepta, no te queda otra que pedir al Juzgado que diga si tiene o no obligación de abonarla.

      Casi siempre, si has avisado al padre y la actividad está recomendada por el colegio o por el médico, o si ya la hacía antes de la ruptura de la pareja, el Juez va a declarar la obligación del padre de abonar su parte.

      Aunque no estuviera en uno de estos casos, si la actividad es buena para el niño y el padre tiene capacidad económica, normalmente también se le va a obligar.

      Cosa distinta son las actividades que están ya incluidas en la sentencia. Estas, reclámale por escrito el importe y envíale copia de los recibos y dale 5 días para que te los pague. Si no lo hace, puedes reclamarlos directamente ejecutando la sentencia, que es un procedimiento mucho más rápido y sencillo y que además casi con total seguridad, va a tener que pagar él con costas.

      Esperamos haberte resuelto tus dudas.

      Atentamente,

      El equipo de APLM

      Responder
  3. hola, que deberia de hacer dentro de la legalidad? tengo un hijo de 24 años que en toda su vida ha trabajado 3 meses, siempre estamos discutiendo y nos llevamos francamente mal, hace 2 año dejo a la novia embarazada y todo este tiempo han estado viviendo entre mi casa y la casa de su novia, semana aqui, semana alli, yo trabajo y soy su criada, limpio, lavo y siempre estoy discutiendo que no recogen y no se buscan la vida, arrastro maltrato psicologico con esta situacion, mientras tanto lo que ganan se lo gastan y no ahorran nada para irse e independizarse. el vaso de agua ha explotado y los he hechado a la calle, he cambiado la cerradura, y voy a vender el piso, se han ido a casa de los padres de ella, pero a mi hijo alli no lo quieren, y no tiene donde ir ni tampoco busca trabajo, tiemblo de pensar que pueda volver y tambien sufre de ver que no tiene donde ir, pero es un parasito de mi y no lo aguanto mas. ¿que puedo hacer?

    Responder
    • Buenos días,

      Tu situación con relación a tu vivienda ya está solucionada. Tu no tienes obligación de acoger a tu hijo y su familia en tu casa y por tanto no puede él obligarte. Entiendo que tu hijo debería ponerse en contacto con Servicios Sociales de tu localidad a ver si pueden darle allí el apoyo económico y personal que necesita.

      Por tu parte, si te sientes víctima de maltrato psicológico también podrías acudir al Centro Mujer 24 horas más cercano o llamar a su teléfono de atención que es el 900580888 donde seguro que podrán ayudarte.

      Atentamente,

      El equipo de APLM

      Responder
  4. No estoy casada pero tengo una niña de 5 años,nos separamos hace 4 meses,pero él ni me pasa pensión ni nada, todavía no tengo custodia. Que tengo que hacer?

    Responder
    • Buenos días,

      Si ya llevas 4 meses separada de tu pareja tienes que regular las medidas de tu hija cuanto antes porque durante todo este tiempo desde que os habéis separado hasta que el Juez fije las medidas, no podeis exigiros ningun derecho ni ninguna obligación.
      Para eso lo primero que tienes que hacer es contactar con nosotras o con otro despacho de abogados especialista en derecho de familia, para informarte bien de tus derechos y de los de tu niña y de lo que es más conveniente para ambas.

      Cuanto antes lo hagas mejor porque hasta que no se presente la demanda en el Juzgado el padre no puede ser obligado a pagar la pensión de alimentos.

      Atentamente,

      El equipo de APLM

      Responder
  5. Hola me gustari saber que tendria que hacer si se que mi marido ya ha tenido una consulta con un abogado para iniciar los trámites de divorcio. Y yo no tengo dinero para pagar un abogado.

    Responder
    • Buenos días,

      Eso no supone ningún problema. Acércate al servicio de orientación jurídica del Colegio de Abogados más cercano y solicita un abogado y procurador de oficio. Allí mismo te podrán orientar.

      Atentamente,

      El equipo de APLM

      Responder
      • Hola, tengo 2 hijas de 3 y 7 años. Mi marido no me da dinero el se dedica a trabajar, a comprar la comida de las nenas e ir al gimnasio. Como debería hacer para poder divorciarme y poder quedarme yo al cuidado de las nenas como hasta ahora.

        Responder
        • Buenas tardes,

          Para divorciarte tienes que ponerte en contacto con un/una abogada y ya te irá guiando e indicando todo lo que tienes que hacer. Cuando se presenta la demanda de divorcio es cuando, a falta de acuerdo entre el padre y la madre, hay que pedirle al Juez que te de a ti la custodia de tus dos hijas explicándole las razones que hay para que te la de a ti y no la de compartida entre el padre y la madre.

          Como veo que aun estáis viviendo en la misma casa, si no os ponéis de acuerdo en quien tiene que irse de la vivienda lo mejor será, junto con la demanda de divorcio, presentar una solicitud de medidas provisionales para que en un plazo breve el Juez establezca de forma provisional quien se queda en la casa, quien con la custodia, las pensiones que haya que pagar y la forma de llevar a cabo las visitas y relaciones con las niñas.

          Aunque ahora te parezca todo muy complicado tu abogada te irá resolviendo todas las dudas y aconsejando qué hacer en cada momento.

          Ten presente que si consideras que no puedes hacer el gasto que lleva consigo tramitar el divorcio, siempre puedes acudir al Servicio de Orientación Jurídica (planta baja de la Ciudad de la Justicia) y pedirlo de oficio.

          Responder

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Preguntas Frecuentes

¿Ofrecéis realmente un servicio de consulta gratuita o mini consulta rápida?

En Abogadas para la mujer ofrecemos un servicio de mini consulta gratuita, para que las personas que buscan una respuesta breve, rápida y puntual, puedan resolver sus dudas. Nos gusta recordar que no ofrecemos un servicio de abogados gratis en Elche, ya que para eso existe el servicio de abogado de oficio. Lo que ofrecemos es una pequeña ayuda a las personas con dudas puntuales.

 

¿Qué tipo de preguntas respondéis?

Cualquier pregunta dentro del área del Derecho de Familia es bienvenida, pero nos gusta aclarar que las respuestas serán breves.

¿En qué se diferencia la mini consulta gratuita de la consulta normal?

Son dos tipos de consultas totalmente distintas. Entendemos que muchas mujeres tienen dudas puntuales que se pueden resolver en pocas líneas con las mini consultas, pero la respuesta en estas suele ser genérica, ya que no contamos con toda la información que nos gustaría.  Por ello, siempre recomendamos concertar una visita normal en nuestro despacho de abogados (50€), ya que podremos escucharte y ofrecerte soluciones especialmente pensadas según tu caso.

¿Después de realizar una mini consulta gratuita puedo concertar una consulta presencial?

Por supuesto, siempre recomendamos acudir al despacho para estudiar tu caso a fondo antes de ofrecer una respuesta, siendo el coste de la consulta en nuestro despacho de abogados en Elche de 50€.

¿Sustituye esto al abogado de oficio (gratis)?

No lo sustituye. No ofrecemos un servicio de abogados gratis en Elche, ya que para eso existe el  abogado de oficio, que tratará tu caso con la misma seriedad que uno de pago. Nuestras consultas si tienen un coste (50€), y este servicio de mini consulta gratuita es una una pequeña ayuda a las personas con dudas puntuales.

¿Será una respuesta adaptada a mi caso?

Intentaremos que si, pero al tratarse de mini consultas gratuitas con preguntas y respuestas breves, debes entender que conocemos tu caso en profundidad, por lo que la respuesta será generalista y, de querer más información, el ideal sería que concertásemos una visita presencial, o telefónica (50€).

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