¡Nuevo! IPC 2024: 2,8%

Cómo actualizar la pensión

Qué es y cómo actualizar la pensión de Alimentos en 2025

¡Nuevo! El IPC de 2024 es del 2,8%

Fuente: INE

Estamos a primeros de año y muchas personas nos preguntan, ¿Cómo puedo actualizar la pensión de alimentos o la pensión compensatoria? Es por ello que hemos decidido escribir un pequeño artículo para resolver este tipo de dudas de manera clara y sencilla.

¿Cómo actualizar la pensión de alimentos o la pensión compensatoria?

Lo primero que debes saber es que todas las pensiones se actualizan anualmente, en la mayoría de ocasiones la pensión de alimentos se actualiza a primeros de año, aunque algunas lo hacen en el mes que se cumplen años desde que se establecieron.

Además, las pensiones se actualizan automáticamente, por lo que es algo muy sencillo. Y sí, actualizar la pensión de alimentos es obligatorio para quien tiene que pagar la renta, que debería hacerlo sin que nadie se lo recordara.

No hay que acudir al Juzgado para actualizarla, hay que hacerlo todos los años porque esa obligación ya viene impuesta en la sentencia que fijó la pensión.

Aquí te damos una guía de cómo actualizar todos los años la pensión que te puede ser muy útil tanto si eres tú quien tiene que pagar la pensión actualizada como si quieres ver si la han actualizado correctamente. También por si a tu ex se le ha “olvidado” que tiene que actualizar la pensión y quieres recordárselo:

Cómo actualizo la pensión de alimentos: Primeros pasos

Lo primero que tienes que hacer es ver tu sentencia o tu convenio, donde se fijó la pensión, (ya sea de alimentos de hijos o pensión compensatoria), y comprobar si dice que se actualizará anualmente o dice que se actualizará con efectos de primeros de enero.

Caso 1. Actualización anual (Sin fecha)

En este caso tienes que esperar al mes siguiente al de su fijación. Es decir, si se dictó la sentencia en abril de 2024, cuando acabe abril de 2025 tienes que actualizar para que en mayo de 2025 ya se abone la pensión actualizada, así como tendrás que volver hacerlo cuando acabe abril de 2026 y sucesivamente.

Para actualizarla podemos utilizar la Calculadora Pensión de Alimentos 2024 del Instituto Nacional de Estadística (INE).

Calculadora Pensión de Alimentos: IPC 2024 / 2025

  1. Entra en la página y rellena los datos que te pide: primero, el periodo que actualizas: en el ejemplo antes puesto, si la sentencia fijó la pensión en el mes de abril de 2023, tendrás que poner que quieres actualizar de abril de 2023 a abril de 2024.
  2. A continuación indica el importe de la pensión que fijó el Juzgado (si es el primer año que actualizas) o el importe a que asciende la pensión del año que termina (si ya las has actualizado otras veces)
  3. Haz clic en “calcular”. Obtendrás la pensión actualizada. El año que viene, en el mismo mes, tendrás que hacerlo otra vez.

Caso 2. Actualizar la Pensión a primeros de enero

Si la resolución que aprobó la pensión dice que se actualizará con efectos de primero de enero, este es tu caso.

Aunque el proceso es idéntico que el anterior, cambian lógicamente los meses que has de poner.
Si quieres ser tu quien haga las operaciones y así ya lo sabes para otros años, te digo cómo hacerlo:

Calculadora para Actualizar la Pensión de Alimentos

  1. Entra en la página del INE “ EL IPC EN UN CLIC
  2. Indica que el periodo que actualizas es el de diciembre de 2023 a diciembre de 2024.
  3. Incluye como renta a actualizar la que ha estado en vigor en el año 2024.
  4. ¡Listo! La calculadora nos indicará la renta actualizada, que se aplicará a partir de enero de 2025.

¡NUEVO! El IPC de 2024 es de 2,8%

Para actualizar las pensiones en 2025 hay que incrementar en un 2,8% la pensión que estaba vigente en 2024
¿Qué cifra debo indicar como importe de la pensión a actualizar?

El importe de la pensión que quieres actualizar, en caso de ser el primer año que actualizas, será la que fijó el Juzgado si es el primer año que actualizas. En caso de haberla actualizado anteriormente, deberás indicar la que esté en vigor el año que termina. Al hacer clic en “calcular”, obtendrás la pensión actualizada que deberá serte abonada desde el mes de enero de 2025.

¿Cómo actualizo la pensión de alimentos acumulada?

Otra cuestión. Si llevas varios años sin actualizar puedes acumularlos poniendo como primer año el primero que no actualizaste y el último el 2024 y en una única operación tendrás la pensión actualizada.

Una vez actualizada, házselo saber a tu expareja (utiliza el whatsap o correo electrónico, para poder probar que se lo has dicho, que aunque no es obligatorio, sí te va a ser útil si tienes que acudir después al Juzgado si no te la paga) y en caso de que no pague la actualización podrás reclamarle judicialmente todo lo que no te esté pagando.

Recuerda que puedes reclamarle todas las cantidades que no te ha abonado en los últimos cinco años, sean por pensiones o sea por actualizaciones. Y ten presente que si reclamas judicialmente normalmente esta reclamación no te va a costar nada porque lo van a condenar a pagarte lo que te debe y además a pagarte los gastos que te haya ocasionado hacer esa reclamación porque normalmente en estos procedimientos se les imponen las costas a los deudores por su incumplimiento.

Otras preguntas frecuentes sobre la pensión de alimentos

¿Hay que actualizar la pensión de alimentos en 2025? ¿Y también la pensión compensatoria? ¿Cómo se actualiza la pensión? ¿Puedo reclamar las actualizaciones que no me ha abonado?

En el artículo de hoy damos respuesta a todas estas dudas que nuestras clientas suelen trasladarnos.

Entonces, ¿La pensión de alimentos debe actualizarse? ¿Y la pensión compensatoria?

La respuesta a las primeras preguntas es siempre SÍ; La pensión de alimentos y la pensión compensatoria tienen que actualizarse anualmente para garantizar que las mismas no pierdan su poder adquisitivo.

Por esa razón siempre en la Sentencia o en el Convenio Regulador en que se fijó la pensión se regula también la forma en que se tiene que actualizar la misma.

¿Cómo se actualiza la pensión?

La actualización de la pensión de alimentos es automática, no tiene que declararse judicialmente cada año porque la Sentencia/el Convenio Regulador ya nos estableció los criterios para su actualización.

Por ello cada año, el obligado al pago lo único que tiene que hacer es aplicar esos criterios y actualizarla.

Pero como es tan frecuente que el obligado al pago de la pensión “se olvide” de actualizarla, no está de más que quien ha de recibirla le “recuerde” que tiene que hacerlo.

¿Cómo le «recuerdo» la actualización de la pensión?

Como hemos visto, actualizar la pensión de alimentos es obligatorio, y servirá con recordárselo con un simple whatsapp , un correo electrónico o incluso verbalmente.

Mi expareja no actualiza la pensión, ¿Puedo reclamar las actualizaciones no recibidas?

Por supuesto que SÍ. Como ya hemos comentado, la obligación de actualizar la pensión es del obligado a su pago por tanto si no se ha actualizado puedes reclamar el importe de las actualizaciones de los últimos cinco años, incluso en el caso de que sí que te haya pagado la pensión todos los meses, pero no las actualizaciones correspondientes.

Las actualizaciones de hace mas de cinco años, igual que las pensiones, no pueden reclamarse porque han prescrito.

Pero, ¿Merece la pena Reclamar la Pensión de Alimentos?

Sí, siempre.  A corto plazo la falta de actualización parece insignificante pero a la larga si no se actualiza la pensión se queda obsoleta.

Además, el procedimiento para reclamar las actualizaciones no satisfechas es muy rápido, y dado que se produce SIEMPRE por culpa del obligado al pago, que debió actualizar y no lo hizo, los gastos de dicha reclamación son a cargo del mismo.

¿Te ha gustado este nuevo artículo de Preguntas Frecuentes? Recuerda que en Abogadas para la Mujer somos especialistas en Derecho de Familia, y podemos ayudarte con cada uno de estos trámites. Así que, si buscas abogadas o abogados en Elche o alrededores, no dudes en ponerte en contacto con nosotras.

54 Comentarios

  1. Buenos días,
    Si no he subido la pensión en 7 años puedo pedir el total del importe o sólo el de los últimos 5 años?
    Gracias

    Responder
    • Buenos días,

      Puedes actualizar la pensión de una sola vez todos los años en los que no has actualizado. Entra en la página del INE y pon como periodo a actualizar el comprendido entre diciembre de 2017 y el de diciembre de 2024 y obtendrás la pensión actualizada para enero de 2025.

      Además, puedes reclamarle la diferencia entre lo que te ha abonado cada mes y lo que debería haberte abonado si cada año hubiera actualizado. Pero solo puedes reclamar lo que corresponde a los últimos cinco años, el resto ha prescrito.

      Un saludo!

      Responder
  2. Hola! ¿Si en el convenio regulador no se estableció que la pensión se actualizaría cada año se actualiza igual? En caso de que no sea posible, puedo hacer algo para que se cambie? Muchas gracias

    Responder
    • Buenos días, si la pensión es de alimentos para los hijos menores, aunque la sentencia o el convenio no diga nada de su actualizacion, hay que actualizarla todos los años aplicando el IPC. En cambio, si la pension es compensatoria solo se actualizara si expresamente se establece que se revalorizara. Si no se acuerda su revalorización, no podrá actualizarse.

      Un saludo,

      El equipo de APLM

      Responder
    • Hola, tengo una pensión de alimentos de 300 desde 2020 y hasta fecha de hoy siempre he abonado 300€ en efectivo. Como podría saber cuanto dinero debo??

      Responder
      • Buenas tardes,

        Debes actualizar la pensión cada año y así saber qué deberías haber abonado y en consecuencia lo que debes es la diferencia.

        En la página del INE el IPC en un clic puedes ir haciendo las actualizaciones anuales. De 2019 a 2020 la primera, de 2020 a 2021 la segunda y así sucesivamente hasta 2023 a 2024 que es la última y que te indicará cuál es la pensión ahora en vigor.

        Y me permito un consejo: La pensión no se debe abonar en efectivo salvo que se obtenga un recibo de cada entrega.

        Un saludo,

        Responder
  3. Buenas se sabe cuánto ha subido el IPC del 2024 al 2025 para aplicarle la subida a mi pensión de alimentos ? Gracias

    Responder
    • Buenos días,

      Sabremos la cifra a mitad de mes. En cuanto se publique la añadiremos a esta página.

      Un saludo,

      Responder
    • Tengo dos hijos menores ,cuanto ha subido la pensión alimentaria si el año 2024 me daba 308€ a este año 2025

      Responder
      • Buenos días,

        Conoceremos la cifra a mitad de mes. En cuanto se publique, la añadiremos a esta página.

        Un saludo,

        Responder
      • Buenas tardes, ya conocemos la cifra del IPC, que en 2024 ha sido del 2,8%, y ya es posible realizar el cálculo de la actualización en la página del INE. Un saludo

        Responder
  4. Mi sentencia de divorcio fue del 10 de julio 2024. Mi ex ha de abonar 240€ por mis dos hijos de pensión de alimentos y 240€ para mí como pensión compensatoria.
    En mi sentencia se indica la actualización en enero de cada año. Es decir a fecha de hoy aplicarla

    ¿Cómo puedo calcular el importe de más que ha de abonarme?

    Responder
    • Buenas tardes,

      En tu caso, como este es el primer año de actualización y no ha transcurrido un año completo desde que se dictó, debes actualizar con el IPC habido desde agosto hasta diciembre. A partir del año que viene siempre actualizarás de diciembre a diciembre.

      Para obtener el IPC desde agosto debes obtener la media de los IPC habidos en estos meses, y que los publica también el INE. Consulta su página buscando el IPC mensual, si bien te adelanto que hasta ahora no está aún publicado el IPC de diciembre, por lo que habrá que esperar aún unos días.

      Una vez que se sepa el IPC habido en diciembre suma los que ha habido en agosto (2,1%), septiembre (1,5%), octubre (2,1%), noviembre (2,4%) y el que haya en diciembre y divídelo entre 5. El resultado será el porcentaje que debes subir a tu pensión para actualizarla y será la que rija a partir de enero de 2025.

      Tan pronto como se publique el IPC de diciembre y el IPC anual lo publicaremos nosotras en esta página, por si lo quieres consultar aquí.

      Un saludo,

      El equipo de APLM

      Responder
      • Muchísimas gracias

        Responder
    • Si la sentencia se firmó en junio de 2024, acordando 175 euros porque no trabajaba el progenitor, y en septiembre y hasta ahora está trabajando, como calculo la actualización de la pensión?.
      Gracias

      Responder
      • Buenos días,

        Si la pensión se fijó en una cuantía pequeña porque en ese momento el progenitor que debía pagarla no trabajaba y ahora sí que trabaja, lo que hay que hacer es presentar una demanda de modificación de medidas para que la pensión se fije de acuerdo con los ingresos actuales del progenitor que ha de pagarla.

        La actualización de la pensión solo permite adecuar la pensión establecida al IPC anual, por lo tanto, en cuanto se sepa el IPC de 2024, que en unos días estará publicado, debes aplicarlo a los 175 euros de tu pensión y así obtendrás la pensión actualizada para 2025. Sin embargo, eso sólo te va a variar unos euros y, por tanto, va a seguir siendo inferior a la que ahora que el progenitor trabaja debería abonar proporcionada a sus ingresos.

        En cuanto se publique el IPC de 2024 lo pondremos en la web de APLM para que lo podáis consultar y aplicar a la pensión.

        Atentamente,

        El equipo de APLM

        Responder
  5. Hola si mi pensión compensatoria se debe actualizar el 1 de Enero, la debo de actualizar de diciembre de 2023,a diciembre de 2024?Y mi exmarido me la tiene que empezar pagar actualizada en Enero o Febrero del 2025?, es a mes actual o mes vencido ?

    Responder
    • Buenas tardes,

      La pensión la debes actualizar de diciembre 23 a diciembre 24, de forma que la pensión resultante empieza a regir a partir del mes de enero.

      Lo que pasa es que aun no están disponibles los datos de diciembre. En unos días el INE publicará el IPC anual de 2024 y a partir de ese momento podrás actualizar ya para enero. En cuanto se sepa el dato lo publicaremos en nuestra web, por si lo quieres consultar.

      Si para entonces ya te ha abonado la pensión de enero sin actualizar te adeudará la diferencia que exista y te la deberá abonar tan pronto como se sepa cuál es la cantidad que tiene que pagar a partir de enero.

      Un saludo,

      El equipo de APLM

      Responder
      • Hola me queda la duda si mi exmarido me pasa la pensión del 1 al 5 de cada mes , en Enero aún no estará actualizada, le debo reclamar la diferencia de la actualización del mes de Enero?, Es que no me queda claro si la cuantía de Enero es del mes de Enero o de Diciembre, no sé si pertenece a mes actual o vencido?Muchas gracias

        Responder
        • Las pensiones se pagan por anticipado. La que pague ahora es la de enero de 2025. Cuando se publique el IPC habrá que reclamarle la diferencia.

          Un saludo,

          Responder
      • Hola, mi pregunta es la siguiente. La actualización de la pensión se hace siempre sobre la base que se puso cuando se firmó el convenio o sobre las actualizaciones que ha habido durante los años. Si se firmó 250,0pero a día de hoy ya es más elevada por el IPC de otros años, sobre qué dinero se calcula. Mil gracias

        Responder
        • Buenos días,

          La actualización se va acumulando. Este año aplicaremos el porcentaje de incremento de IPC a la pensión que se pagaba el año pasado. Es decir, si inicialmente la pensión era 250€, y tras la primera actualización pasó a ser, por ejemplo, 255 €, la segunda actualización se calculará sobre 255 € y así sucesivamente.

          Un saludo,

          El equipo de APLM

          Responder
        • Hola buenas me gustaría saber cuanto ha subido el IPC este año 2025 , cuanto tiene que incrementar la pensión de alimentos , gracias un saludo

          Responder
          • Buenos días,

            Conoceremos la cifra a mitad de mes. En cuanto se publique, la añadiremos a esta página.

            Un saludo,

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